ACTIVIDAD 3

PAGOS POR SERVICIOS AMBIENTALES (PSA)

Es el incentivo, en dinero o en especie, que las entidades territoriales podrán reconocer contractualmente a los propietarios y poseedores regulares de predios ubicados en las áreas de importancia estratégica, en forma transitoria, por un uso del suelo que permita la conservación o recuperación de los ecosistemas naturales y en consecuencia la provisión y/o mejoramiento de los servicios ambientales aso- ciados al recurso hídrico (Artículo 3, Decreto 953 de 2013).

ESQUEMAD DE PAGO POR SERVICIOS AMBIENTALES

  • Selección de Predios: Para la implementación de los esquemas de pago por servicios ambientales se deben seleccionar los predios con base en los criterios establecidos en el artículo 5 del Decreto 953 de 2013 señalados anteriormente, y se deberán tener en cuenta las siguientes directrices establecidas en el artículo 9 del mismo Decreto:

    1. Se priorizará la aplicación del incentivo a la conservación de las coberturas vegetales naturales.

    2. Se privilegiarán los predios de propietarios y poseedores regulares de menores ingresos.

    3. Se otorgará el incentivo de pago por servicios ambientales hasta por un máximo de cincuenta (50) hectáreas. Se podrá otorgar el incentivo a áreas adicionales, siempre y cuando se dé cumplimiento a lo establecido en el literal anterior y no sea viable su compra.

    4. Se priorizarán los predios que a partir de su uso actual y en ausencia del esquema de pago por servicios ambientales, presenten un mayor riesgo futuro de deterioro.

    Para el reconocimiento del incentivo en el caso de recuperación y restauración de predios, se exigirá acreditar que los predios seleccionados no estuvieron cubiertos de ecosistemas naturales en los últimos cinco (5) años.

  • Valor del Incentivo: Con el fin de determinar el valor del incentivo, en dinero o en especie, la entidad territorial deberá tener en cuenta los siguientes elementos:

    1. El costo de oportunidad el cual será calculado para las actividades productivas más representativas en las áreas de importancia estratégica.

    2. Para la determinación del máximo valor anual del incentivo a reconocer por hectárea, se seleccionará el menor costo de oportunidad promedio del área de importancia estratégica. Este valor no podrá superar el 15% del avalúo comercial promedio por hectárea en conservación de los predios ubicados en el área de importancia estratégica.

    3. El incentivo será más costo eficiente en la medida que cubra una mayor cantidad de área a un menor valor.

    4. A partir de la estimación realizada, el valor máximo del incentivo a reconocer anualmente por hectárea será de la siguiente manera: hasta el 100% del valor del incentivo para áreas menores o iguales a 50 hectáreas. Para las siguientes 50 hectáreas se aplica hasta el 75% del valor del incentivo, y para áreas que superen las 100 hectáreas se aplica hasta el 50% del valor del incentivo.

  • Formalización de Acuerdos: Los acuerdos para los esquemas de pagos por servicios ambientales se deberán hacer por medio de contratos, cuyo contenido mínimo se encuentra señalado en el artículo 9 del Decreto 953 de 2013. Para poder suscribir estos acuerdos se debe anexar el Certificado de Tradición y Libertad de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del predio correspondiente, o se debe acreditar la posesión regular de acuerdo con el artículo 764 del Código Civil.

    El predio objeto del incentivo no podrá estar sometido a gravámenes o medidas cautelares ni podrá ser objeto de procesos administrativos o judiciales relacionados con la propiedad del inmueble.

    La aplicación del incentivo no conlleva pronunciamiento acerca de la titularidad de derechos reales ni tiene efecto en relación con la propiedad o tenencia de la tierra o adquisición de derechos.

  • Seguimiento y Registro: Las entidades territoriales deberán efectuar seguimientos periódicos con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales. Asimismo, para efectuar el pago deberán realizar la verificación del uso acordado del suelo en los predios objeto del incentivo.

    Estos esquemas de pagos por servicios ambientales deberán ser registrados ante la autoridad ambiental de la jurisdicción donde esté ubicada el área estratégica.

ACCIONES REALIZADAS EN EL 2024

  • Para el corte del 31 de diciembre del año 2024 el equipo técnico del proyecto de Pagos Por Servicio Ambientales (PSA) de la Secretaria de Medio Ambiente y Cambio Climático de la Alcaldía de Yopal, llevo a cabo las siguientes acciones conforme al proyecto denominado

IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES ENCAMINADAS A LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, COMO ALTERNATIVAS DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO EN EL MUNICIPIO DE YOPAL” registrado ÁREAS RESTAURADAS, MANTENIDAS, ADQUIRIDAS Y/O PAGOS POR SERVICIOS AMBIENTALES (PSA)

  • Visitas técnicas de caracterización ambiental a 120 predios ubicados en los corregimientos de Alcaraván La Niata, Morro y Charte del municipio de Yopal, recolectando información para la caracterización socio ambiental de cada predio.

  • Evaluación de la viabilidad de implementar esquemas de Pagos por Servicio Ambientales (PSA) en 120 predios estratégicos ubicados en los corregimientos de Alcaraván La Niata, Morro y Charte del municipio de Yopal, analizando su potencial de conservación.

  • Calculo y documentación los beneficios ambientales derivados de las actividades de restauración y conservación de 120 predios ubicados en los corregimientos de Alcaraván La Niata, Morro y Charte del municipio de Yopal, recolectando información para la caracterización socio ambiental de cada predio.

  • Realización de los pre acuerdos de conservación con los 120 usuarios debidamente firmados, asegurando la conformidad con las directrices del proyecto y el cumplimiento de las metas establecidas.

  • Realización del inventario de los 120 predios identificados con áreas degradadas, visitados, caracterizados y con evaluación ambiental realizada, ubicados en las zonas estratégicas de las micro cuencas abastecedoras del municipio de Yopal.

  • Tabulación en base de datos en hoja de Excel de los 120 predios visitados, caracterizados, asegurando que los datos sean correctamente almacenados y estes disponibles para su análisis en el Sistema de Información Geográfica (SIG).

  • Verificación y validación de la información de los 120 usuarios con áreas potenciales para plantación y futura siembra en el proyecto de pagos por servicios ambientales en el municipio de Yopal.

  • Recopilación de la información cartográfica ambiental realizada a los 120 predios visitados, para la elaboración de los respectivos mapas con los cruces de capas respectivos proporcionando la información recolectada en campo y asistiendo en la generación de visualizaciones básicas.

  • Estructuración del componente ambiental en actas de visita y preacuerdos firmados, en formato físico y digital.

  • Clasificación de la información de coberturas de los beneficios ambientales derivados de las actividades de restauración y conservación de los 120 usuarios visitados para generar la viabilidad de mapas cartográficos de análisis multicriterio.

  • Clasificación de la información documental producto de los 120 usuarios tabulados, verificados y validados listos para proyecto PSA.